La Sala pide que se desclasifique el informe del CNI sobre Trashorras
20-02-07
La Sala pide que se desclasifique el informe del CNI sobre Trashorras
La Sala pide que se desclasifique el informe del CNI sobre Trashorras
MADRID.- El tribunal que juzga a los presuntos autores de los atentados del 11-M pidió ayer al Gobierno la desclasificación como secretos de los informes que pudieran estar en poder del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) sobre la reunión entre agentes de este organismo y José Emilio Suárez Trashorras unos días antes de la detención de éste.
EL MUNDO publicó el 7 de marzo de 2006 que Suárez Trashorras mantuvo una entrevista en las dependencias de la comisaría de Avilés el 17 de marzo de 2004 con un grupo de agentes, hasta un total de ocho, entre los que había miembros de los Servicios de Información de la Policía y del CNI.
(.../...)
Tras el encuentro, se redactaron dos informes -uno policial y otro de los servicios secretos- en los que se reflejaría que Suárez Trashorras informó sobre los explosivos que había adquirido Jamal Ahmidam, El Chino, y que éste le contó que «los etarras que detuvieron a finales de febrero de 2004 [Irkus Badillo Borde y Gorka Vidal] eran amigos suyos». Esos etarras fueron capturados por la Guardia Civil el 29 de febrero de 2004, justo cuando, según la Fiscalía, El Chino trasladaba desde Avilés a Madrid los explosivos del 11-M. Badillo y Vidal están citados a declarar como testigos.
Con anterioridad al comienzo del juicio, el tribunal se dirigió al CNI reclamando «los informes realizados por los miembros de su cuerpo relativos a la entrevista mantenida con ellos (sic) con Emilio Suárez Trashorras en Avilés, en dependencias policiales antes de ser detenido».
Ley de secretos
Según publicó este periódico el pasado domingo, el Centro Nacional de Inteligencia contestó al tribunal el día 6 que «no resulta legalmente posible» entregar ningún documento del servicio secreto sin que antes lo haya desclasificado el Consejo de Ministros, como indica la Ley de Secretos Oficiales.
Ayer mismo, la Sala dictó una providencia en la que indica que, «tratándose de una prueba admitida» [la reclamación de los informes], «interésese del Gobierno el alzamiento de la clasificación como secreto del informe solicitado».
Añade que ello puede hacerse sin que tenga que ser desvelada la identidad del agente o agentes del CNI que asistieron al encuentro. El tribunal reclama el levantamiento del secreto sobre ese informe «sin perjuicio de que se comunique reservadamente el nombre e identificación de los funcionarios que en él aparezcan, a los que podrá otorgárseles el estatus de testigos protegidos».
EL MUNDO publicó el 7 de marzo de 2006 que Suárez Trashorras mantuvo una entrevista en las dependencias de la comisaría de Avilés el 17 de marzo de 2004 con un grupo de agentes, hasta un total de ocho, entre los que había miembros de los Servicios de Información de la Policía y del CNI.
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Tras el encuentro, se redactaron dos informes -uno policial y otro de los servicios secretos- en los que se reflejaría que Suárez Trashorras informó sobre los explosivos que había adquirido Jamal Ahmidam, El Chino, y que éste le contó que «los etarras que detuvieron a finales de febrero de 2004 [Irkus Badillo Borde y Gorka Vidal] eran amigos suyos». Esos etarras fueron capturados por la Guardia Civil el 29 de febrero de 2004, justo cuando, según la Fiscalía, El Chino trasladaba desde Avilés a Madrid los explosivos del 11-M. Badillo y Vidal están citados a declarar como testigos.
Con anterioridad al comienzo del juicio, el tribunal se dirigió al CNI reclamando «los informes realizados por los miembros de su cuerpo relativos a la entrevista mantenida con ellos (sic) con Emilio Suárez Trashorras en Avilés, en dependencias policiales antes de ser detenido».
Ley de secretos
Según publicó este periódico el pasado domingo, el Centro Nacional de Inteligencia contestó al tribunal el día 6 que «no resulta legalmente posible» entregar ningún documento del servicio secreto sin que antes lo haya desclasificado el Consejo de Ministros, como indica la Ley de Secretos Oficiales.
Ayer mismo, la Sala dictó una providencia en la que indica que, «tratándose de una prueba admitida» [la reclamación de los informes], «interésese del Gobierno el alzamiento de la clasificación como secreto del informe solicitado».
Añade que ello puede hacerse sin que tenga que ser desvelada la identidad del agente o agentes del CNI que asistieron al encuentro. El tribunal reclama el levantamiento del secreto sobre ese informe «sin perjuicio de que se comunique reservadamente el nombre e identificación de los funcionarios que en él aparezcan, a los que podrá otorgárseles el estatus de testigos protegidos».
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