Justicia suprime la expulsión inmediata de los inmigrantes que cometan delitos

15-07-06



REFORMAS LEGALES / Los que creen una banda para delinquir serán castigados con una sanción 'adicional' de 2 a 9 años de prisión / Habrá cárcel para los 'hackers' / Se endurece el cumplimiento para los delincuentes habituales

Justicia suprime la expulsión inmediata de los inmigrantes que cometan delitos


La reforma del Código Penal aprobada por el Consejo de Ministros deja a criterio del juez el cumplimiento de la pena en España - Endurece las condenas para las mafias organizadas

MARIA PERAL

MADRID.- El Gobierno acordó ayer enviar al Parlamento una amplia modificación del Código Penal que volverá a permitir a los jueces optar entre la expulsión automática de los extranjeros sin papeles que delincan o acordar que cumplan la condena en España.

Aunque el Ejecutivo, por boca del titular de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, negó que se trate de una contrarreforma, el cambio que se pretende llevar a cabo en relación con el cumplimiento de penas por los extranjeros irregulares que cometan delitos en nuestro país es una vuelta a la situación anterior a la reforma realizada por el PP en septiembre de 2003.
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Con el argumento de que cometer delitos se había convertido en un seguro de permanencia en España, el Gobierno de Aznar impuso, como regla general, la sustitución de las penas inferiores a seis años de prisión impuestas a inmigrantes sin papeles por su expulsión automática del territorio nacional.

El anteproyecto aprobado por el Ejecutivo de Rodríguez Zapatero reintroduce la posibilidad de que el inmigrante no sea expulsado, sino que cumpla la condena en España, lo que dependerá de la «valoración individualizada» que haga el juez.

La reforma incide, además, en los delitos que están generando más inseguridad ciudadana (los cometidos por bandas organizadas o los que afectan a la seguridad vial), atiende a los nuevos fenómenos criminales (se tipifica la conducta de los piratas informáticos) y se incorporan las directivas comunitarias para luchar contra los delitos económicos.

El responsable de Justicia del PP, Ignacio Astarloa, expresó su «máxima preocupación» porque la reforma «no se ha dialogado ni con el PP ni con nadie de la comunidad jurídica».

El Gobierno argumenta que la «contundencia» de la reforma operada por el Ejecutivo del PP «se ha revelado poco eficaz en la lucha contra la delincuencia», al tiempo que «ha resultado discriminatoria para los ciudadanos nacionales ante condenas similares».

Desde septiembre de 2003, los jueces deben, como regla general, acordar la expulsión de los extranjeros sin papeles condenados a penas inferiores a seis años de cárcel. Sólo de manera excepcional y de forma motivada pueden decidir que la pena se cumpla en España.

El anteproyecto aprobado ayer por el Consejo de Ministros permite al juez realizar «una valoración individualizada sobre la oportunidad de acordar o no la expulsión».

La reforma acoge el criterio expresado por la Sala Penal del Supremo. En una sentencia dictada en julio de 2004, el Alto Tribunal consideró preciso hacer una «relectura» de la reforma del PP y revocó la expulsión de un inmigrante condenado a tres años de prisión por tráfico de drogas porque la medida se acordó «de forma automática, inmotivada, inaudita parte y sin el imprescindible juicio de proporcionalidad y ponderación».

Cambio de 100 artículos

El anteproyecto presentado ayer afecta a un centenar de artículos del Código Penal. El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, aseguró durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que «no es una contrarreforma, sino una puesta al día» del Código para endurecer la lucha contra la criminalidad organizada, responder a nuevos fenómenos delictivos, adaptar el sistema punitivo al marco europeo en delitos como la piratería informática o la corrupción económica y aumentar la protección de las víctimas y de los menores.

Sus líneas básicas son:

Lucha contra el crimen organizado: Se crea un nuevo delito consistente en la constitución de una asociación para delinquir. El tipo penal es diferente de la actual asociación ilícita, que ha sido mayoritariamente interpretada por la doctrina como un ataque al orden constitucional y aplicada primordialmente a las bandas terroristas.

La creación de una «asociación de malhechores» -en expresión francófona utilizada ayer por el titular de Justicia- conllevará penas de entre 2 y 9 años de prisión, que en todo caso serán adicionales a las que corresponda imponer por el delito o delitos cometidos.

De esta forma, el integrante de una banda constituida para cometer robos en chalés será castigado por asociación de malhechores a una pena de 2 a 6 años y con otra pena de 2 a 5 años de cárcel por el delito contra la propiedad.

Otras medidas son la posibilidad de que el juez pueda decomisar el patrimonio de un condenado cuando éste no pueda acreditar su origen lícito. Por tanto, se permite la inversión de la carga de la prueba.

También se introduce un nuevo delito para sancionar la conducta de los testaferros y de los que constituyan sociedades mercantiles con la finalidad deliberada de ocultar el patrimonio de los verdaderos responsables del delito.

Delincuencia 'profesional': La reforma aborda el problema de la reincidencia y habitualidad delictiva no desde la perspectiva de un aumento de las penas, sino de su ejecución. Se opta por reducir los posibles beneficios que se podrían obtener si no se hubiera vuelto a delinquir: restricciones para acceder al tercer grado y a la libertad condicional. En estos casos, el juez podrá imponer una libertad vigilada tras el cumplimiento de la pena.

Nueva delincuencia: Se tipifica como delito contra la intimidad la conducta de los piratas informáticos (hackers) siempre que tengan la intención deliberada de romper las medidas de seguridad de los sistemas informáticos que atacan.

Se crea un delito específico de clonación de tarjetas de crédito y otro que castigará la manipulación genética para clonación de seres humanos con fines reproductivos. En cambio, se despenaliza la fecundación de óvulos humanos con fines distintos a la procreación humana, por ejemplo para la investigación.

Delitos económicos: Se define un nuevo tipo penal para perseguir el cohecho entre particulares. Responde a directivas comunitarias adoptadas tras las privatizaciones de empresas públicas, al considerarse necesario que los nuevos gestores privados se sometan al mismo estándar de honradez exigible a los gestores públicos. Se sancionará con prisión el soborno de un particular al responsable de una empresa privada para conseguir un trato de favor a cambio de un beneficio ilícito para el directivo.

También se podrá perseguir a quienes falseen las cifras o informes sobre el estado económico de las empresas, incluyendo a los auditores y censores de cuentas, que ahora no figuran entre los posibles autores del delito.

Comentarios

Anónimo ha dicho que…
Al chileno Mauricio Andrés se le expulsa automáticamente.....

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