Cárcel para tres policías por detener por «complacencia» a los militantes del PP
09-05-06
'CASO BONO' / CONSTANTINO MENDEZ, OBLIGADO A DIMITIR COMO DELEGADO DEL GOBIERNO EN MADRID
'CASO BONO' / CONSTANTINO MENDEZ, OBLIGADO A DIMITIR COMO DELEGADO DEL GOBIERNO EN MADRID
Cárcel para tres policías por detener por «complacencia» a los militantes del PP
Condenados a penas de entre tres y cinco años de prisión y hasta 10 de inhabilitación por «detención ilegal, falsificación del atestado y coacción» en el 'caso Bono' / Entre ellos figura Rodolfo Ruiz, en cuya comisaría de Vallecas apareció el 11-M la 'mochila' con las pruebas clave para detener a los islamistas y que nadie había visto antes / Zapatero impuso la renuncia de Méndez poco después de que el PSOE descartara la asunción de responsabilidades políticas, pero el PP exige la dimisión de Alonso
MARIA PERAL
MADRID.- La Audiencia de Madrid ha condenado a penas que suman 13 años de prisión y 10 años de inhabilitación al comisario jefe de la Brigada Provincial de Información, Rodolfo Ruiz, al inspector jefe Javier Fernández y al inspector José Luis González por la detención ilegal de dos afiliados al PP a los que acusaron sin base alguna de agredir al ex ministro Bono durante una manifestación.
El Tribunal, que considera esa agresión inexistente, reprueba con dureza la conducta de los policías por privar de libertad a dos ciudadanos de forma «inmotivada, arbitraria y abusiva» y por falsear el atestado «para abultar los hechos». (.../...)
La Audiencia afirma no tener datos de que siguieron instrucciones de «instancias superiores», pero deja constancia de su «leve sospecha» de que actuaron influidos por el delegado del Gobierno, el socialista Constantino Méndez, que adelantó a la prensa que iba a haber detenciones un día antes de que se produjeran.
Fueron, en expresión del Tribunal, unas «detenciones mirando al tendido» o «detenciones de complacencia». Méndez presentó ayer su dimisión.
La sentencia, emitida por la Sección 16 de la Audiencia de Madrid con ponencia de su presidente, Miguel Hidalgo, avala el trabajo del juez que investigó los hechos, Carlos Valle, y representa el éxito de la acusación sostenida en solitario por el PP.
En el reverso, significa una nueva desautorización de la Fiscalía -cuya posición en este procedimiento ha sido sistemáticamente contradicha por los tribunales- y un varapalo para la Abogacía del Estado, que desde el primer momento se puso a disposición de los implicados y defiende a Javier Fernández. La sentencia, sin embargo, no es firme. Los defensores anunciaron ayer mismo que recurrirán al Tribunal Supremo.
Los 61 folios de resolución ponen de manifiesto la relevancia del testimonio prestado por tres policías -Javier S., Heliodoro C. y Juan Carlos V.-, a los que la Sala ha dado total credibilidad.
El primero era el inspector jefe que se encontraba de retén en la Brigada Provincial de Información la tarde del sábado 22 de enero de 2005, cuando se celebró la manifestación contra el terrorismo a la que se sumó el ministro de Defensa, José Bono, «a título particular».
Javier S. presenció el incidente que se produjo cuando numerosas personas comenzaron a increpar a Bono. Declaró al Tribunal que el ministro nunca fue agredido al estar bien protegido por la cápsula de seguridad que de inmediato formaron sus escoltas y otros agentes.
También aseguró que él inició el atestado como instructor y que las diligencias selladas y firmadas las trasladó el día 24 a Heliodoro C., jefe del grupo de conflictividad social.
Juan Carlos V. fue el secretario del atestado una vez que se traspasó al grupo de Heliodoro. A él se debe la revelación de que, a instancias del condenado Javier Fernández y una vez que se había decidido detener a los militantes del PP, los escoltas de Bono acudieron de nuevo a la Brigada para corregir su inicial declaración y añadir dos párrafos cruciales en los que agravaban notablemente el incidente, hablando de una «situación de extrema violencia» y de «intentos de agresión» al ministro «con objetos contundentes».
Heliodoro C. fue el instructor del atestado hasta el momento en que recibió la orden de Javier Fernández de detener a Isidoro Barrios y Antonia de la Cruz, militantes del PP que asistieron a la manifestación y cuyas identidades fueron difundidas el martes 26 por medios de comunicación afines al Gobierno.
Heliodoro «se negó a practicar las detenciones por entender que no tenían pruebas hasta ese momento que inculparan» a Barrios y De la Cruz, destaca la sentencia. Heliodoro y Juan Carlos habían tomado declaración a todos los policías presentes en la manifestación, que coincidieron en que no hubo agresión al ministro. El mismo resultado que arrojó el visionado de las cintas grabadas por las televisiones.
La negativa de Heliodoro a detener a los afiliados al PP hizo que el comisario Ruiz, «de forma airada y cortante», le cesara como instructor del atestado y como jefe de grupo, ordenándole que abandonara el despacho «inmediatamente».
La sentencia elogia la conducta de Heliodoro, que «representa un ejemplo de policía judicial que, con buena fe, en conciencia y con pleno respeto a los derechos de los ciudadanos, se negó a practicar las detenciones de dos personas contra las que no había elementos incriminatorios», siendo «represaliado».
La Sala destaca que la ausencia de indicios de agresión a Bono fue apreciada, incluso, por el propio Javier Fernández, que durante el examen de los vídeos le dijo al comisario «jefe, no se ve nada». Rodolfo Ruiz le contestó que «si el ministro dice que le han pegado, le han pegado y eso no se cuestiona».
Para la Sala, la respuesta del comisario muestra «su más que evidente disposición a incriminar a quienes hubieran intervenido en los incidentes», actuando con «parcialidad y subjetivismo».
Ruiz, que fue promovido a la Brigada Provincial de Información tras ser jefe de la comisaría de Vallecas (donde apareció la polémica mochila del 11-M, que aportó las pruebas clave para la pista islamista y que nadie había visto antes), es el más reprobado por la Audiencia. «Prevaliéndose de su jerarquía» y «empleando violencia psíquica», destituyó a Heliodoro cuando éste fue un obstáculo para las detenciones de los militantes del PP y «compelió» a Javier S. a firmar en el atestado que se envió a la autoridad judicial, rehecho por los condenados «de un lado, para que no figurasen los dos primeros instructores y los dos primeros secretarios y, de otro, para inflar o abultar los hechos».
«Es tan obvio que la orden de detención surge del comisario que llama la atención que no asuma tal decisión y responsabilidad», dice la Sala. Ruiz es el que más sanción recibe: dos años de cárcel por detención ilegal, tres años de prisión por falsear el atestado y 1.080 euros de multa por coacciones a sus subordinados, además de 10 años de inhabilitación.
Javier Fernández, que llevó a cabo las detenciones y figura como instructor del atestado falseado, es condenado a un total de cinco años de prisión y 10 de inhabilitación por detención ilegal y falsedad.
El inspector José Luis González, que aparece como secretario del atestado desde el primer día cuando sólo interviene para reconfeccionarlo, es condenado a tres años de prisión y dos de inhabilitación por falsedad documental.
La Sala es muy dura al referirse a la alteración del atestado: «Vulnerando el deber de hacer que el atestado se mantuviera en su integridad tal como venía confeccionado (...), destruyen materialmente partes impresas, firmadas y selladas, suprimen informáticamente su parte no impresa y sustituyen» diligencias como la comparecencia de los escoltas para, «de manera inveraz, elevar la relevancia penal de los hechos».
Los tres condenados deberán indemnizar a Barrios y De la Cruz con 12.000 euros a cada uno por el daño moral que les causaron «al ser detenidos y aparecer ante la opinión pública como imputados de unos hechos que no habían cometido».
El Tribunal afirma «no tener elementos» para concluir que las detenciones «fuesen sugeridas por instancias superiores», pero censura la conducta del delegado del Gobierno en Madrid, Constantino Méndez, que el día anterior a las detenciones ya adelantó a la prensa que iban a producirse. Esa afirmación «no respondía a la verdad, pues la investigación policial en la tarde del lunes 24 no reflejaba ni agresiones ni identificaciones». Según la Sala, las manifestaciones de Méndez «pudieron haber influido en el proceder de los agentes», que llevaron a cabo «detenciones de complacencia» o «detenciones mirando al tendido».
Condenados a penas de entre tres y cinco años de prisión y hasta 10 de inhabilitación por «detención ilegal, falsificación del atestado y coacción» en el 'caso Bono' / Entre ellos figura Rodolfo Ruiz, en cuya comisaría de Vallecas apareció el 11-M la 'mochila' con las pruebas clave para detener a los islamistas y que nadie había visto antes / Zapatero impuso la renuncia de Méndez poco después de que el PSOE descartara la asunción de responsabilidades políticas, pero el PP exige la dimisión de Alonso
MARIA PERAL
MADRID.- La Audiencia de Madrid ha condenado a penas que suman 13 años de prisión y 10 años de inhabilitación al comisario jefe de la Brigada Provincial de Información, Rodolfo Ruiz, al inspector jefe Javier Fernández y al inspector José Luis González por la detención ilegal de dos afiliados al PP a los que acusaron sin base alguna de agredir al ex ministro Bono durante una manifestación.
El Tribunal, que considera esa agresión inexistente, reprueba con dureza la conducta de los policías por privar de libertad a dos ciudadanos de forma «inmotivada, arbitraria y abusiva» y por falsear el atestado «para abultar los hechos». (.../...)
La Audiencia afirma no tener datos de que siguieron instrucciones de «instancias superiores», pero deja constancia de su «leve sospecha» de que actuaron influidos por el delegado del Gobierno, el socialista Constantino Méndez, que adelantó a la prensa que iba a haber detenciones un día antes de que se produjeran.
Fueron, en expresión del Tribunal, unas «detenciones mirando al tendido» o «detenciones de complacencia». Méndez presentó ayer su dimisión.
La sentencia, emitida por la Sección 16 de la Audiencia de Madrid con ponencia de su presidente, Miguel Hidalgo, avala el trabajo del juez que investigó los hechos, Carlos Valle, y representa el éxito de la acusación sostenida en solitario por el PP.
En el reverso, significa una nueva desautorización de la Fiscalía -cuya posición en este procedimiento ha sido sistemáticamente contradicha por los tribunales- y un varapalo para la Abogacía del Estado, que desde el primer momento se puso a disposición de los implicados y defiende a Javier Fernández. La sentencia, sin embargo, no es firme. Los defensores anunciaron ayer mismo que recurrirán al Tribunal Supremo.
Los 61 folios de resolución ponen de manifiesto la relevancia del testimonio prestado por tres policías -Javier S., Heliodoro C. y Juan Carlos V.-, a los que la Sala ha dado total credibilidad.
El primero era el inspector jefe que se encontraba de retén en la Brigada Provincial de Información la tarde del sábado 22 de enero de 2005, cuando se celebró la manifestación contra el terrorismo a la que se sumó el ministro de Defensa, José Bono, «a título particular».
Javier S. presenció el incidente que se produjo cuando numerosas personas comenzaron a increpar a Bono. Declaró al Tribunal que el ministro nunca fue agredido al estar bien protegido por la cápsula de seguridad que de inmediato formaron sus escoltas y otros agentes.
También aseguró que él inició el atestado como instructor y que las diligencias selladas y firmadas las trasladó el día 24 a Heliodoro C., jefe del grupo de conflictividad social.
Juan Carlos V. fue el secretario del atestado una vez que se traspasó al grupo de Heliodoro. A él se debe la revelación de que, a instancias del condenado Javier Fernández y una vez que se había decidido detener a los militantes del PP, los escoltas de Bono acudieron de nuevo a la Brigada para corregir su inicial declaración y añadir dos párrafos cruciales en los que agravaban notablemente el incidente, hablando de una «situación de extrema violencia» y de «intentos de agresión» al ministro «con objetos contundentes».
Heliodoro C. fue el instructor del atestado hasta el momento en que recibió la orden de Javier Fernández de detener a Isidoro Barrios y Antonia de la Cruz, militantes del PP que asistieron a la manifestación y cuyas identidades fueron difundidas el martes 26 por medios de comunicación afines al Gobierno.
Heliodoro «se negó a practicar las detenciones por entender que no tenían pruebas hasta ese momento que inculparan» a Barrios y De la Cruz, destaca la sentencia. Heliodoro y Juan Carlos habían tomado declaración a todos los policías presentes en la manifestación, que coincidieron en que no hubo agresión al ministro. El mismo resultado que arrojó el visionado de las cintas grabadas por las televisiones.
La negativa de Heliodoro a detener a los afiliados al PP hizo que el comisario Ruiz, «de forma airada y cortante», le cesara como instructor del atestado y como jefe de grupo, ordenándole que abandonara el despacho «inmediatamente».
La sentencia elogia la conducta de Heliodoro, que «representa un ejemplo de policía judicial que, con buena fe, en conciencia y con pleno respeto a los derechos de los ciudadanos, se negó a practicar las detenciones de dos personas contra las que no había elementos incriminatorios», siendo «represaliado».
La Sala destaca que la ausencia de indicios de agresión a Bono fue apreciada, incluso, por el propio Javier Fernández, que durante el examen de los vídeos le dijo al comisario «jefe, no se ve nada». Rodolfo Ruiz le contestó que «si el ministro dice que le han pegado, le han pegado y eso no se cuestiona».
Para la Sala, la respuesta del comisario muestra «su más que evidente disposición a incriminar a quienes hubieran intervenido en los incidentes», actuando con «parcialidad y subjetivismo».
Ruiz, que fue promovido a la Brigada Provincial de Información tras ser jefe de la comisaría de Vallecas (donde apareció la polémica mochila del 11-M, que aportó las pruebas clave para la pista islamista y que nadie había visto antes), es el más reprobado por la Audiencia. «Prevaliéndose de su jerarquía» y «empleando violencia psíquica», destituyó a Heliodoro cuando éste fue un obstáculo para las detenciones de los militantes del PP y «compelió» a Javier S. a firmar en el atestado que se envió a la autoridad judicial, rehecho por los condenados «de un lado, para que no figurasen los dos primeros instructores y los dos primeros secretarios y, de otro, para inflar o abultar los hechos».
«Es tan obvio que la orden de detención surge del comisario que llama la atención que no asuma tal decisión y responsabilidad», dice la Sala. Ruiz es el que más sanción recibe: dos años de cárcel por detención ilegal, tres años de prisión por falsear el atestado y 1.080 euros de multa por coacciones a sus subordinados, además de 10 años de inhabilitación.
Javier Fernández, que llevó a cabo las detenciones y figura como instructor del atestado falseado, es condenado a un total de cinco años de prisión y 10 de inhabilitación por detención ilegal y falsedad.
El inspector José Luis González, que aparece como secretario del atestado desde el primer día cuando sólo interviene para reconfeccionarlo, es condenado a tres años de prisión y dos de inhabilitación por falsedad documental.
La Sala es muy dura al referirse a la alteración del atestado: «Vulnerando el deber de hacer que el atestado se mantuviera en su integridad tal como venía confeccionado (...), destruyen materialmente partes impresas, firmadas y selladas, suprimen informáticamente su parte no impresa y sustituyen» diligencias como la comparecencia de los escoltas para, «de manera inveraz, elevar la relevancia penal de los hechos».
Los tres condenados deberán indemnizar a Barrios y De la Cruz con 12.000 euros a cada uno por el daño moral que les causaron «al ser detenidos y aparecer ante la opinión pública como imputados de unos hechos que no habían cometido».
El Tribunal afirma «no tener elementos» para concluir que las detenciones «fuesen sugeridas por instancias superiores», pero censura la conducta del delegado del Gobierno en Madrid, Constantino Méndez, que el día anterior a las detenciones ya adelantó a la prensa que iban a producirse. Esa afirmación «no respondía a la verdad, pues la investigación policial en la tarde del lunes 24 no reflejaba ni agresiones ni identificaciones». Según la Sala, las manifestaciones de Méndez «pudieron haber influido en el proceder de los agentes», que llevaron a cabo «detenciones de complacencia» o «detenciones mirando al tendido».
Comentarios