La Sección Cuarta de la Audiencia considera acreditado que en los trenes estalló Goma 2 EC0

26-09-06



11-M / La instrucción judicial

La Sección Cuarta de la Audiencia considera acreditado que en los trenes estalló Goma 2 EC0

La Sala critica a Del Olmo pero confirma los procesamientos de los 29 acusados por el magistrado

MANUEL MARRACO

MADRID.- La Sección Cuarta de la Audiencia Nacional considera «perfectamente acreditado» que lo que estalló en los trenes de cercanías el día 11 de Marzo fue la dinamita Goma 2 ECO supuestamente robada en Asturias, pese a que los expertos en explosivos sostienen que resulta «imposible» asegurarlo.

El tribunal hace esta afirmación en el auto en el que desestima el recurso de apelación presentado por el confidente Rafá Zouhier contra el auto de procesamiento dictado por el juez Juan del Olmo. La Sala notificó ayer el rechazo de todos los recursos contra el auto, lo que supone confirmar que los 29 procesados por el instructor se sentarán en el banquillo.
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El auto de la Sección Cuarta dice que «la sustancia explosiva utilizada provenía de Mina Conchita y respondía a la denominación de Goma 2 Eco», rechazando así las dudas mostradas en la vista por el letrado de Zouhier.

En otro punto del escrito, el tribunal insiste en la coincidencia entre lo robado en Asturias y lo que estalló en Madrid: «A finales de febrero de 2004, Jamal Ahmidan y otros, entre los que se encuentran el ahora recurrente [Zouhier], se desplazan a Asturias donde, tras entrevistarse con José Emilio [Suárez Trashorras], éste les provee de los explosivos que serán utilizados en el atentado del 11 de Marzo».

La afirmación de la Sala contrasta con el contenido del informe conjunto elaborado por la Policía y la Guardia Civil a petición de Del Olmo, en el que el máximo responsable de los Tedax, Juan Jesús Sánchez Manzano, afirma que resulta «imposible» especificar qué tipo de dinamita estalló en los trenes: «Se significa que sobre las sustancias explosionadas, en los incidentes ocurridos en la mañana del 11 de marzo [...] sólo cabe concluir que se trata de explosivos tipo dinamita». El informe prosigue afirmando «que es técnicamente imposible, asignar el nombre comercial a dinamitas que han sufrido reacción explosiva, ya que en ella desaparecen determinados componentes, que son los que hacen posible tal designación».

El criterio del tribunal coincide con el expuesto por la fiscal Olga Sánchez el pasado martes, durante la vista por el recurso de Zouhier. Con más ímpetu incluso que el mostrado ayer por la Sala, la fiscal afirmó: «El explosivo es Goma 2 ECO; es lo que estalló en los trenes y en Leganés. Es un tipo de explosivo que no tiene nada que ver con Titadyn, cloratita, amosal... que no tiene nada que ver con ETA. ¡Ya vale!». Sánchez añadió que «el tema de los explosivos está perfectamente identificado en el informe común elaborado por la Policía y la Guardia Civil».

En realidad, lo que ese informe sí da por acreditado es que era Goma 2 ECO el explosivo encontrado en las vías del AVE, en el piso franco de Leganés y en la mochila de Vallecas. También en la furgoneta Renault Kangoo, aunque en ese caso la Goma 2 ECO apareció «contaminada» con una sustancia extraña (metenamina).

Pese a confirmar todos los procesamientos, el tribunal incluye en sus resoluciones de ayer duras críticas al auto dictado por el juez instructor. La Sección hace referencia al «lógico confusionismo denunciado por las distintas defensas», que llegaron a calificar el auto de «jeroglífico».

Crítica al instructor

En el mismo auto de respuesta al recurso de Zouhier, la Sección Cuarta dice: «Cierto es que el auto de procesamiento dictado no se corresponde con un resumen fundado de los hechos ocurridos y su respectiva imputación a cada uno de los procesados, atendiendo a las diligencias de investigación practicadas». «En su extensa redacción», prosigue, «se mezclan una serie de datos absolutamente dispares como son la secuencia del propio atentado, al que se describe con total minuciosidad, inclusión de informes policiales íntegros, interminables listas de llamadas telefónicas y otros datos que apenas tienen relación con la implicación de los ahora procesados en el atentado».

«Todo ello», remata, «unido a una escasa motivación con respecto a la concreta imputación delictiva de cada uno de los diversos procesados».

Las críticas se repiten en otros autos. Por ejemplo, en el que rechaza el recurso de Basel Ghalyoun, donde considera «extralimitado y desmesurado el auto de procesamiento [...] que en gran parte resulta una transcripción literal de muchas de las diligencias de investigación».

La Sala acusa al instructor de «excederse la labor judicial de lo que con arreglo a la línea jurisprudencial debía constituir el contenido de tal auto».

Eso sí, añade que las críticas deben verse «atemperadas» ante la enorme complejidad de la causa. Además, insiste en que «esa relativa confusión quedó plenamente disipada» en un auto posterior en el que rechazó los recursos de reforma y en el que realizó «una tarea de concreción y simplificación» de los indicios de criminalidad.

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